El gobernador Axel Kicillof declaró este lunes la Emergencia Hídrica en la zona del Delta del Río Paraná, en virtud del fenómeno hidrológico de bajante extraordinaria de la Cuenca del Río Paraná.
La declaración, oficializada este lunes en el Boletín Oficial del distrito mediante el Decreto 710, será por 180 días y comprende por los partidos de San Nicolás, Ramallo, San Pedro, Baradero, Zárate, Campana, Escobar, Tigre, San Fernando, San Isidro, Vicente López, Avellaneda, Berazategui, Berisso, Ensenada, La Plata y Quilmes.
En los fundamentos de la medida, se recordó que “el déficit de precipitaciones en las cuencas de los ríos Paraná, Paraguay e Iguazú constituye uno de los factores determinantes para la bajante histórica, considerada la más importante en el país desde 1.944”.
“Esta bajante presenta afectaciones incipientes al abastecimiento de agua potable, la navegación, las operaciones portuarias y las actividades económicas vinculadas a la producción y explotación de la cuenca hídrica y, en materia ambiental, los impactos esperados se relacionan con dos aspectos principales: la calidad y disponibilidad del agua y las consecuencias en la flora y fauna asociada a las dinámicas naturales propias de este mosaico de humedales”, se apuntó.
“La extraordinaria magnitud de los acontecimientos requiere que todas las áreas del Gobierno provincial aúnen esfuerzos para mitigar los efectos adversos de este fenómeno hidrológico en las zonas afectadas”, se apuntó.
Comité interministerial
Además, se creó el Comité Interministerial de Emergencia Hídrica, “a efectos de articular con los organismos provinciales, nacionales y municipales las medidas de prevención, control y mitigación de los efectos producidos por la bajante hídrica y de identificación catastral de las zonas afectadas”.
Ese Comité será coordinado por un representante de Jefatura de Gabinete e integrado por representantes de los Ministerios de Seguridad, Gobierno, Infraestructura, Desarrollo de la Comunidad, Trabajo, de Desarrollo Agrario, de Producción, Hacienda y Organismo Provincial para el Desarrollo Sostenible (OPDS).
En paralelo, se facultó a la cartera de Seguridad, “a definir y articular las acciones o medidas necesarias para la gestión de situaciones de riesgo que se susciten en razón de la emergencia hídrica”.
Se habilitó a que el OPDS “adopte las medidas necesarias para preservar los recursos naturales y conservar, proteger y recuperar reservas y áreas que puedan verse afectadas durante la emergencia hídrica”.
En tanto, Infraestructura podrá tomar “medidas de intervención necesarias para morigerar los efectos provocados por la bajante hídrica” y Recursos Hídricos podrá “brindar asesoramiento y prestar colaboración”.
A la vez, al Ministerio de Desarrollo de la Comunidad se le permite “gestionar y supervisar la asistencia directa a personas víctimas de situaciones de emergencia, en caso de que los acontecimientos produzcan riesgos para los/as habitantes de las zonas alcanzadas por la emergencia”.
Desarrollo Agrario podrá “gestionar y supervisar la asistencia a productores y productoras agropecuarios, forestales y pesqueros que vean afectada su producción, capacidad productiva y rendimiento, y a trabajadores y trabajadoras rurales, con el fin de morigerar o mitigar los efectos de la bajante” y Trabajo queda autorizado para “implementar programas y acciones de sostenimiento del empleo en las zonas afectadas por la emergencia hídrica”. (DIB)