Mediante la Resolución N°33/2022 del Ministerio de las Mujeres, Políticas de Géneros y Diversidad Sexual, el Gobierno bonarense tramita la creación del «Registro de Destinatarias del Fondo Especial de Emergencias en Violencias por Razones de Género de la Provincia de Buenos Aires». Ante los crecientes casos de violencia de género, esta acción tendrá «el objetivo de brindar atención inmediata y eficaz».
Según se desprende de los considerandos que basamentaron esta norma sobre violencia de género, en 2020 «se creó el Fondo Especial de Emergencia en Violencias por Razones de Género -que actualmente es un componente del Sistema Integrado de Políticas Públicas (SIPP) aprobado por el Decreto N° 997/20- con el objetivo de brindar atención inmediata y eficaz en casos de violencias por razones de género, constituyéndose en parte del conjunto de dispositivos de asistencia y atención que se articulan desde las Mesas Locales Intersectoriales y los diferentes actores gubernamentales y no gubernamentales que atienden esta problemática».
«Deviene necesaria la creación de un Registro de Destinatarias del Fondo Especial de Emergencias en Violencias por Razones de Género de la Provincia de Buenos Aires que facilite la recopilación de información, con el fin de lograr una base de datos precisa que permita realizar análisis sobre la implementación de esta política pública, como así también la identificación de problemas y la adecuación, reformulación y/o definición nuevas herramientas», citó el Ministerio de las Mujeres en los fundamentos que se antepusieron al articulado de la Resolución, mientras que se aclaró que «este Registro permitirá evitar posibles duplicaciones en el otorgamiento de subsidios a través del Fondo Rotatorio».
Tras exponer el Ministerio de las Mujeres, en el Artículo 1°, la creación del «Registro de Destinatarias del Fondo Especial de Emergencias en Violencias por Razones de Género de la Provincia de Buenos Aires», en el 2° se facultó a la Subsecretaría de Políticas contra las Violencias por Razones de Género a «establecer los instructivos y procedimientos que resultaren necesarios para la implementación del Registro creado por el artículo precedente, como así también a dictar las normas complementarias y/o aclaratorias que considere necesarias, en el marco de sus competencias».
¿Cómo se compuso el Fondo Especial de Emergencias en Violencia de Género de la Provincia de Buenos Aires?
Conforme el Artículo 2° de la Resolución 135/2020 del Ministerio de las Mujeres, Políticas de Géneros y Diversidad Sexual, los montos del Fondo Especial de Emergencias en Violencia de Género «serán suministrados a las instituciones o municipios que, en el ámbito de cada dispositivo local, tengan la responsabilidad de la asistencia a las víctimas de violencias por razones de género. Los mismos serán utilizados para atender distintos gastos ante la emergencia y podrán ser entregados a la persona o grupo familiar y/o acompañante de la víctima de violencia por razones de género o femicidio».
En segundo término, el 3° estableció que «los montos girados a las instituciones o entidades de bien público o municipios no podrán superar las sumas que se establecen a continuación: Instituciones o Entidades de Bien Público hasta pesos quince mil ($ 15.000,00); Municipios hasta pesos treinta mil ($ 30.000,00)».
(Infocielo)