Como cada 9 de mayo, se conmemora un nuevo aniversario de la sanción de la Ley de Identidad de Género, que permitió la inclusión y el acceso a derechos inalienables a miles de personas en Argentina.
En este marco, un informe elaborado por la Dirección de Población del Registro Nacional de las Personas (Renaper) reveló que 12.655 personas rectificaron su DNI para que coincida con su identidad autopercibida en Argentina, 34,40% de ellas en la provincia de Buenos Aires.
En rigor, el documento del área dependiente del Ministerio de Interior señala que 4.192 personas hicieron el trámite en el territorio bonaerense, 3.114 en los partido del Área Metropolitana de Buenos Aires (AMBA) y 1.078 en los del interior.
Además, al no ser este año un aniversario más sino que se cumple una década de la sanción, el Instituto Nacional contra la Discriminación, la Xenofobia y el Racismo (INADI) enumeró las claves de la norma a través de un comunicado.
Algunos de los aspectos que destacó el área dependiente del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos fueron los siguientes:
- La ley reconoce el derecho a la identidad de todas las personas a ser reconocidas tal cual se autoperciben.
- Junto a Dinamarca, Argentina el único país que solo exige la expresión de voluntad de la persona para lograr el cambio de nombre.
- La normativa establece “la vivencia interna e individual del género tal como cada persona la siente, la cual puede corresponder o no con el sexo asignado al momento del nacimiento, incluyendo la vivencia personal del cuerpo” para el cambio de identidad registral.
- Fue la primera ley en el mundo que no requiere diagnósticos médicos o psiquiátricos, ni operaciones de cambio de sexo.
- Toda persona mayor de 18 años puede solicitar la rectificación registral del sexo y el cambio del nombre de pila cuando no coincidan con su identidad de género, siempre que sea libre voluntad y previendo se respeten los derechos de la niñez, con un régimen especial si se tratara de menores “a través de sus representantes legales y con expresa conformidad del menor”.
- La ley fue impulsada en 2007 por diferentes organizaciones de la diversidad sexual y de género de la Argentina y aprobada por el Congreso Nacional en el 2012.
- Sobre la confidencialidad, la ley contiene un artículo según el cual solo tendrán acceso al acta de nacimiento originaria “quienes cuenten con autorización del/a titular de la misma o con orden judicial por escrito y fundada.
- La norma también contempla el derecho de todas las personas trans a solicitar el acceso a intervenciones quirúrgicas totales y tratamientos integrales hormonales para adecuar su cuerpo, incluida su genitalidad, a su identidad de género. Estas prestaciones, que quedaron incluidas en el Plan Médico Obligatorio, se enmarcan en una concepción de “acceso integral a la salud”.
- El cambio registral puede hacerse en un trámite expedito en todos y cada uno de los registros civiles en todas las provincias de la Argentina. (https://infocielo.com/)