La Justicia anuló el DNU que declaró servicio esencial a las telecomunicaciones. Telecom podrá «fijar libremente los precios». Los fundamentos.
La medida fue adoptada por la titular del Juzgado Contencioso Administrativo Federal N° 8, Cecilia De Negre, quien falló a favor de la prestadora de telefonía, cable e internet ante la imposibilidad de la compañía de «fijar libremente los precios» ante las restricciones propias de una actividad tipificada como un «servicio público».
La jueza sostuvo que el Estado Nacional «cuenta con los medios y con la posibilidad jurídica y técnica de implementar sistemas de prestación básica y universal, a los fines de consecución de los objetivos propuestos, disponiendo de medios existentes como el Fondo Fiduciario del Servicio Universal aportado por los prestadores de servicios TIC; el sistema Arsat; programas de acceso a conectividad llevados a cabo por el Ministerio de Educación, Secretaría de Innovación y el Enacom, o implementando nuevos emprendimientos», para garantizar el acceso al servicio de toda la población” completó.
Es decir, frente a la existencia de medidas alternativas ya implementadas, el aumento de los costos para las licenciatarias que deriva de la implementación del PBU, conjuntamente con el congelamiento de precios que el DNU dispone, resultan medidas gravosas para las licenciatarias», agrega la sentencia, en un claro guiño a las licenciatarias.
Guiño de la Justicia a Telecom a días del cambio de gobierno
También se remarcó que el DNU se dictó «en el marco de la emergencia sanitaria, producto de la pandemia y el congelamiento de precios que dispuso ya no está vigente».
La demanda fue promovida en abril de 2021 por Telecom para que se declare la nulidad del DNU 690/2020 y de las resoluciones Enacom 1466 y 1467 ambas de 2020
El DNU congeló precios hasta el 31 de diciembre de 2020 «sin prever compensación económica ni indemnización alguna», remarcó al hacer reserva de una eventual demanda por «daños y perjuicios»
«Las telecomunicaciones son un servicio público que el Estado debe regular»
En el año 2021, el presidente Alberto Fernández defendió la necesidad de declarar a las telecomunicaciones como un servicio público. “En la Argentina del presente, con 45 millones de habitantes hay más de 65 millones de celulares. Todos usamos celulares, ¿eso no es un servicio público? Claro que lo es. Y en una pandemia, donde debemos permanecer aislados, tener la posibilidad de comunicarnos con nuestros seres queridos a través de telefonía celular o Internet, ¿eso no es un servicio que el Estado debe regular? Claro que sí” refirió, en aquel contexto.
“Las corporaciones económicas van a la Justicia y esos jueces en el medio de la pandemia deciden que el Estado nacional no puede regular el precio de los celulares, Internet, el cable. Y en verdad son esos actores, esos factores de poder en Argentina, los que luego escriben que el Gobierno abusa cuando toma estas decisiones” advirtió, respecto a una cautelar también favorable a Telecom
El DNU 690/20 buscaba garantizar “el derecho humano al acceso a las TIC y a la comunicación por cualquiera de sus plataformas, lo cual requiere de la fijación de reglas por parte del Estado para asegurar el acceso equitativo, justo y a precios razonables. Asimismo, protege el principio de competencia, por lo que se procura generar eficiencia y rentabilidad económica para las empresas, así como beneficiar el interés público, intentando ofrecer a usuarios y usuarias mayor variedad de servicios y precios más bajos”.
Fuente:Infocielo