El máximo tribunal nacional dispuso la inconstitucionalidad de la aplicación de alícuotas diferenciales para empresas productivas.
La Corte Suprema de Justicia de la Nación le asestó un fuerte golpe al modelo de recaudación del gobernador de la provincia de Buenos Aires, Axel Kicillof, al fallar en contra del Estado bonaerense en una demanda presentada por una empresa, y disponer que son inconstitucionales las alícuotas diferenciales del impuesto sobre los ingresos brutos.
La compañía Enod SA había demandado al gobierno bonaerense por el cobro de alícuotas diferenciales de ese gravamen para las empresas productivas que tengan plantas fuera de la provincia.
La Corte consideró que fijar un impuesto más alto en estos casos constituye “discriminación” y “lesiona el principio de igualdad” y que, además, “obstaculiza el desenvolvimiento del comercio entre las provincias”.
La Corte equiparó la diferenciación de las alícuotas al establecimiento de una especie de “aduana interior” que no está permitida por la Constitución Nacional.
Fuente:Provincia Noticias