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San Pedro: Se suscribió un acuerdo entre el gremio CICOP y el ejecutivo municipal en el ministerio de trabajo.

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El gremio CICOP y el Departamento Ejecutivo Municipal firmaron en la jornada del viernes en la Delegación del Ministerio de Trabajo de San Pedro, un acuerdo poniendo fin al conflicto que venían llevando adelante desde hace unas semanas, con medidas de fuerza en el Hospital, en donde en la última, realizaron un paro por 72 horas.
La Dra. Sofía Rotundo, titular del organismo en San Pedro, estuvo a cargo de la mediación, junto a Roberto Borgo, Martín Baraybar, representantes de CICOP, junto a su abogado Daniel Porta.

Los puntos que formaron parte del acuerdo:
«I.- Aplicación de Acuerdo Paritario entre la Provincia de Buenos Aires y CICOP vigente a partir de Noviembre 2.023 (4ta. Readecuación de la Grilla Salarial): la grilla correspondiente (4ta. Readecuación) se aplicará íntegramente con los Haberes devengados en el período Febrero 2.024, a percibir en el mes de Marzo 2.024.-

II.- Montos a determinar por la No Aplicación de la Grilla de Noviembre 2.023 (4ta. Readecuación) en tiempo y forma: fecha tope de presentación a CICOP SAN PEDRO del listado de montos a abonar por Afiliado: 09 de Febrero de 2.024 (Detalle individualizado). Propuesta de pago: el monto resultante por Afiliado será abonado en 3 (TRES) cuotas mensuales y consecutivas a hacerse efectivas con las liquidaciones de guardias con fecha tope de pago los días 20/02/2.024, 20/03/2.024 y 20/04/2.024. La misma es comprensiva de:

· La diferencia generada por la no aplicación de la Grilla correspondiente (4ta. Readecuación) sobre los Haberes de Noviembre 2.023, Diciembre 2.023 y Enero 2.024 (Salarios Base y Adicionales porcentuales correspondientes);

· Diferencia por la modificación de los valores de Guardias de Reemplazo de Lunes a Viernes y de Sábados, Domingos y Feriados a partir de Noviembre de 2.023 (4ta. Readecuación), correspondiente a los períodos Noviembre 2.023, Diciembre 2.023 y Enero 2.024;

· Diferencia por la liquidación del Sueldo Anual Complementario correspondiente al Segundo Semestre de 2.023, considerando la mejor remuneración mensual, normal y habitual por aplicación de la liquidación.

Fuente: BRInfo

Foto de portada: imagen ilustrativa

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