A partir de los anegamientos ocurridos la semana pasada a causa del temporal que azotó a la provincia de Buenos Aires, el Municipio endureció su postura con aquellos vecinos que acumulen en sus veredas grandes cantidades de restos de poda. Las multas, incluso, llegan a superar los cuatro millones de pesos.
En mayo de 2008, el Concejo Deliberante sancionó una ordenanza para reglamentar la recolección de restos de poda en el partido de Escobar. Entre otras medidas, estableció la prohibición de acumular más de un metro cúbico de ramas en la vereda y/o vía pública. Además, dispuso que los troncos, ramas y hojas sean embolsados o atados, para facilitar su recolección.
El nivel de pretensiones de esa norma generó un moderado revuelo en su momento. Por entonces eran los primeros meses de Sandro Guzmán en la Intendencia y al frente del Concejo Deliberante estaba Elio Miranda. Con el paso del tiempo, como la ordenanza casi no se aplicó, quedó en el olvido tanto su letra como la polémica que había provocado. Especialmente en lugares como Loma Verde y El Cazador, caracterizados por sus frondosas arboledas, donde esas exigencias resultaban poco menos que inviables.
Sin embargo, a poco más de quince años de su sanción, el gobierno municipal reflotó esa ordenanza y le dio una vigencia que hasta ahora no había tenido. Incluso, aplicando a los infractores fuertes multas que superan los siete dígitos.
Orden y control: premisas 2024
Desde los primeros días de marzo, el Municipio empezó a publicar y difundir un cronograma para la recolección de ramas y restos de poda. Sobre ese tema, el intendente Ariel Sujarchuk hizo varias y enfáticas referencias durante su discurso de apertura de las sesiones ordinarias del Concejo Deliberante.
En su presentación del martes ante los concejales, el jefe comunal advirtió que se aplicarán “multas severas a aquellos que sacan las ramas dos minutos después que pasa el camión”. “Vamos a poner orden en cada punto del distrito”, remarcó Sujarchuk.
Seis días después, en un comunicado, el Municipio informó que en la última semana se labraron diez multas “por no respetar el cronograma de recolección de ramas”. Las multas, según se informó, oscilan entre los $54.000 y los $4.000.000, dependiendo la gravedad del incumplimiento.
“Se considera agravante si se pronostican tormentas, como fue el caso de la semana pasada, ya que, ante las intensas precipitaciones, en algunos casos las ramas obstruyeron las vías de escurrimiento hidráulico y generaron anegaciones en las calles”, explica el comunicado.
El texto recuerda que la mencionada ordenanza 4526/08 determina que las ramas deben ser depositadas sin obstaculizar la calzada ni los desagües pluviales y que no pueden superar el metro cúbico de volumen.
La norma también dispone que “los troncos no podrán tener un diámetro mayor a 15 centímetros ni un largo superior a 1 metro. Los que excedan esta medida deberán ser depositados y retirados por empresas de contenedores contratados por el propietario”.
A su vez, prevé que quienes deseen la recolección de un volumen mayor al mencionado “deberán depositarlo en el interior de la propiedad y contratar un servicio privado para su recolección y disposición final”. También podrán consultar la disponibilidad de ese servicio al Municipio.
Por último, señala que “quienes acumulen en la vía pública ramas, troncos y hojas provenientes de la poda privada que excedan el volumen antes mencionado o que no se encuentren debidamente atados o embolsados” serán pasibles de multas. Pero antes deberán ser notificados y tendrán un plazo de 48 horas para retirar esas ramas o adecuarlas a lo exigido.
“Para corroborar que el nuevo esquema sea respetado por todos los vecinos y vecinas, personal de las UGC y de la Subsecretaría de Inspección General del Municipio recorren las calles del distrito para que los restos de poda sean depositados en la vía pública en tiempo y forma”, sostiene el comunicado.
Cronograma de recolección de ramas
El cronograma completo de recolección de ramas está publicado en el sitio web del Municipio. Como es semanal, se exige la obligación de retirar las ramas a la calle únicamente en las fechas que se detallan.
A partir de este lunes y hasta el domingo 25, sólo podrán sacar a la calle residuos de poda los vecinos de los barrios correspondientes a las Unidades de Gestión Comunitaria (UGC) 9, 10, 11, 15 y 21.
“La Municipalidad reitera que reestructuró el sistema de recolección de ramas en todo el partido de Escobar con el objetivo prioritario de sostener el cuidado del ambiente evitando la creación de microbasurales, posibles focos de incendios y proliferación de roedores”, señala el comunicado.
Además, destaca la importancia de “mantener la limpieza del espacio público y utilizar de manera más eficiente y austera los recursos que se destinan a esa tarea”.
Ref.: Expte. Nº 11893/07.-EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE ESCOBARSANCIONA CON FUERZA DE O R D E N A N Z A —————–Artículo 1º: La Municipalidad realizará sin costo adicional la reco-lección de lo producido de la poda privada acumulada en la vía públi-ca, no debiendo superar 1 (uno) metro cúbico. Deberán separarse lostroncos de las ramas más finas, debiendo estar atadas o embolsadaspara su retiro por la Municipalidad en forma directa o por la empresadesignada a tal efecto dentro de los días y horarios que correspondana cada sector. Los troncos no podrán tener un diámetro mayor a 15 cm.ni un largo superior a 1 metro. Los que excedan esta medida deberánser depositados y retirados por empresas de contenedores contratadospor el propietario.Artículo 2º: Prohíbese acumular en la vía pública más de un metro cú-bico de ramas proveniente de la poda privada.Artículo 3º: Quienes deseen la recolección de un volumen mayor al men-cionado en el artículo anterior deberán depositarlo en el interior dela propiedad y contratar un servicio privado para su recolección ydisposición final. Asimismo, podrán solicitar los servicios del Muni-cipio en forma previa y, en caso de que la Comuna se encuentre en con-diciones de realizar el servicio, se deberá abonar lo establecido enla Ordenanza Tributaria, artículo 28 inciso 18 punto a), como mínimouna hora por cada viaje a la Subsecretaría de Servicios Públicos.Artículo 4º: Quienes acumulen en la vía pública ramas, troncos y hojasprovenientes de la poda privada que excedan el volumen antes mencio-nado o que no se encuentren debidamente atados o embolsados serán pa-sibles de multas que establece la Ordenanza 135/85, artículo 8 punto19, previa comprobación e intimación a su retiro pasadas las 48 horas.Artículo 5º: Comuníquese al D.E., regístrese y oportunamente archí-vese.- – – – – -DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBE– – – – – -RANTE, EN BELEN DE ESCOBAR, A LOS DOCE DIAS DEL MES DE MAYO- – – – – -DE DOS MIL OCHO.Queda registrada bajo el Nº 4526/08.————————————–FIRMADO: ELIO MIRANDA (PRESIDENTE) LUIS FIORENZONI (PROSECRETARIO)
Fuente: El día de Escobar